Máster en Abogacía

Presentación

 

La Ley 34/2006, de 30 de octubre, de Acceso a las Profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales (BOE núm. 260, de 31 de octubre de 2006) y el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio (BOE núm. 143, de 16 de junio), que la desarrolla, exigen la superación de una formación específica y una posterior evaluación para la obtención del título profesional de Abogado, que capacite para el ejercicio de esa profesión. Como recuerda la Exposición de Motivos del RD 775/2011, el sistema de formación diseñado en los mencionados textos legales se apoya en «tres pilares básicos: la realización de un curso formativo específico en el que se han de adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas, el desarrollo de un período de prácticas externas y la realización de una evaluación de la aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción en el correspondiente colegio profesional».


Entre las vías que plantea el mencionado RD 775/2011, la Universidad de Valladolid ha optado por la prevista en su artículo 4, número 1, letra c): «Formación impartida conjuntamente por las Universidades públicas o privadas y las Escuelas de Práctica Jurídica homologadas por el Consejo General de la Abogacía. Los cursos podrán ser configurados de acuerdo a lo previsto en la letra a), y en todo caso su Plan de Estudios deberá haber sido verificado previamente como enseñanza conducente a la obtención de un título oficial de Máster universitario». Ello ha supuesto la suscripción de un Convenio de colaboración Académica entre la Universidad de Valladolid y el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad. En dicho Convenio se garantiza la posibilidad de cursar los 30 créditos ECTS de prácticas en un despacho profesional. La Comisión de Evaluación de Titulaciones de ACSUCYL, una vez analizada la documentación remitida por la Universidad y estimando que cumple adecuadamente con los criterios de evaluación para la verificación de títulos oficiales, ha emitido el correspondiente informe favorable con fecha 6 de junio de 2013 al Máster Universitario en Abogacía.


La Escuela de Práctica Jurídica de Valladolid fue creada por Real Decreto 1015/1981, de 8 de mayo (BOE núm. 130, de 1 de junio), y ha sido homologada por el Consejo General de la Abogacía Española. Ha venido desempeñando desde su creación la misión de formar abogados, lo que ha llevado a cabo de modo altamente satisfactorio. Con ello se pone de manifiesto la dilatada colaboración de la Universidad de Valladolid y el Colegio de Abogados en las tareas de formación de dichos profesionales, pues la Escuela de Práctica Jurídica de Valladolid, a diferencia de la mayor parte de las existentes en España, no se mueve en la órbita exclusiva de un Colegio profesional, sino que ha sido fruto, desde un primer momento, de la colaboración entre éste y la Universidad. Con el Máster Universitario en Abogacía se continúa esa fructífera colaboración en el nuevo marco legal que suponen tanto la Ley de Acceso a la profesión de Abogado y el Reglamento que la desarrolla, como la reciente normativa universitaria referida a títulos de grado y postgrado.


Como se desprende de su Disposición Transitoria Única, el sistema articulado en la Ley 34/2006, de 30 de octubre, tiene carácter obligatorio para quienes se gradúen en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma (entrada en vigor que se produjo el pasado 31 de octubre de 2011). El Máster Universitario en Abogacía no tiene precedentes en la Universidad española, pues hasta la fecha no era preciso cursar estudios de posgrado para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado. Este planteamiento ha cambiado a partir del 31 de octubre de 2011, ya que en la actualidad sí se requiere realizar un Máster Universitario oficial específico, como el que ofrece la UVA, y superar posteriormente una prueba de evaluación nacional para acceder a la profesión de Abogado.


Por lo que se refiere al contenido de esta prueba, el art. 17 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, dispone que las evaluaciones para el acceso a la Abogacía serán únicas e idénticas en todo el territorio español. Tales evaluaciones irán dirigidas a comprobar la formación práctica suficiente para el ejercicio de la profesión de Abogado, y en particular a la adquisición de las competencias que debe garantizar el Máster correspondiente. La prueba será escrita y constará de dos partes que se realizarán en el mismo día: a) El primer ejercicio consistirá en una prueba objetiva de contestaciones o respuestas múltiples. b) El segundo ejercicio consistirá la resolución de un caso práctico previamente elegido por el aspirante entre varias alternativas.


El contenido de esta evaluación se fijará para cada convocatoria por el Ministerio de Justicia, que mantendrá actualizada en su portal web una guía práctica informativa del proceso de evaluación así como de su contenido. A la hora de fijar el contenido de las pruebas de evaluación, intervienen las Comunidades Autónomas, el Consejo General del Poder Judicial, las Universidades, y el Consejo General de la Abogacía Española

La capacidad de la Facultad de Derecho para impartir el Máster Universitario en Abogacía viene acreditada por la alta capacitación de su profesorado. Por otra parte, los Abogados y demás profesionales que intervienen en la docencia, de acuerdo con las previsiones del art.13 del RD 775/2005, gozan de amplia experiencia en el contexto de las actividades desarrolladas en la Escuela de Práctica Jurídica, teniendo presente, ante todo, el carácter profesionalizante de este Máster.

 

Ficha

Campus

Campus de Valladolid

Rama

Ciencias sociales y jurídicas

Tipo de enseñanza

Presencial

Tipo de máster

Vinculado con profesión regulada

Idiomas de impartición

Español

Duración

3 cuatrimestres

Número de créditos

90

Plazas

50

Centros

FACULTAD DE DERECHO

Objetivos y Competencias

COMPETENCIAS BÁSICAS (CB)

(Contenidas en el ap. 3.3., Anexo III, Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales)

CB.1. Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio;

CB.2. Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios;

CB.3. Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones –y los conocimientos y razones últimas que las sustentan – a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades;

CB.4. Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.

COMPETENCIAS GENERALES (CG)

CG.1. Capacidad de análisis, para valorar la transcendencia jurídica de hechos y actos, formulando los problemas jurídicos y de conflicto de intereses que en su caso se planteen.

CG.3. Capacidad para gestionar la información relevante, realizando búsquedas y localizando materiales normativos y jurisprudenciales, así como fuentes bibliográficas y otros materiales informativos, utilizando en su caso las TIC.

CG.2. Capacidad de comprensión crítica, para desentrañar críticamente y sintetizar el contenido de materiales normativos y jurisprudenciales, así como de trabajos doctrinales.

CG.4. Capacidad para resolver fundadamente problemas jurídicos de la realidad, mediante una correcta aplicación de los métodos propios de la ciencia del Derecho y subsecuente argumentación.

CG.5. Capacidad para formalizar y comunicar a terceros problemas jurídicos y sus soluciones, sea mediante  dictámenes u otros documentos jurídicos, o exposiciones orales.

CG.6. Capacidad de organización del trabajo jurídico, que permita abordar tareas complejas, tanto a corto como a medio y largo plazo.

CG.7. Capacidad de autoaprendizaje, que permita una actualización autónoma y permanente de la formación especializada recibida.

CG.8. Capacidad para trabajar en equipo, que permita abordar y organizar colectivamente trabajos en grupo.

CG.9. Preocupación constante por la calidad de los resultados.

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS (CE)

Las específicamente recogidas en el art. 10 del reiterado  RD 775/2011:

CE 1. Poseer, comprender y desarrollar habilidades que posibiliten aplicar los conocimientos académicos especializados adquiridos en el grado a la realidad cambiante a la que se enfrentan los abogados para evitar situaciones de lesión, riesgo o conflicto en relación a los intereses encomendados o su ejercicio profesional ante tribunales o autoridades públicas y en las funciones de asesoramiento.

CE 2. Conocer las técnicas dirigidas a la averiguación y establecimiento de los hechos en los distintos tipos de procedimiento, especialmente la producción de documentos, los interrogatorios y las pruebas periciales.

CE 3. Conocer y ser capaz de integrar la defensa de los derechos de los clientes en el marco de los sistemas de tutela jurisdiccionales nacionales e internacionales.

CE 4. Conocer las diferentes técnicas de composición de intereses y saber encontrar soluciones a problemas mediante métodos alternativos a la vía jurisdiccional.

CE 5. Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales en las relaciones del abogado con su cliente, las otras partes, el tribunal o autoridad pública y entre abogados.

CE 6. Conocer y evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejercicio de la actividad profesional, incluyendo el funcionamiento básico de la asistencia jurídica gratuita y la promoción de la responsabilidad social del abogado.

CE 7. Saber identificar conflictos de intereses y conocer las técnicas para su resolución, establecer el alcance del secreto profesional y de la confidencialidad, y preservar la independencia de criterio.

CE 8. Saber identificar los requerimientos de prestación y organización determinantes para el asesoramiento jurídico.

CE 9. Conocer y saber aplicar en la práctica el entorno organizativo, de gestión y comercial de la profesión de abogado así como su marco jurídico asociativo, fiscal, laboral y de protección de datos de carácter personal.

CE 10. Desarrollar destrezas y habilidades para la elección de la estrategia correcta para la defensa de los derechos de los clientes teniendo en cuenta las exigencias de los distintos ámbitos de la práctica profesional. 

CE 11. Saber desarrollar destrezas que permitan al abogado mejorar la eficiencia de su trabajo y potenciar el funcionamiento global del equipo o institución en que lo desarrolla mediante el acceso a fuentes de información, el conocimiento de idiomas, la gestión del conocimiento y el manejo de técnicas y herramientas aplicadas.

CE 12. Conocer, saber organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en sus distintas modalidades organizativas de la profesión de abogado.

CE 13. Saber exponer de manera oral y escrita hechos y extraer, y extraer argumentalmente consecuencias jurídicas, en atención al contexto y destinatario al que vayan dirigidas, de acuerdo en su caso con las modalidades propias de cada ámbito procedimental.

CE 14. Saber desarrollar trabajos profesionales en equipos específicos e interdisciplinares.

CE 15. Saber desarrollar habilidades y destrezas interpresonales, que faciliten el ejercicio de la profesión de abogado en sus relaciones con los ciudadanos, con otros profesionales y con las instituciones.

 

 

Requisitos de admisión

Requisitos específicos
Este máster se dirige a alumnos que tengan como objetivo el futuro ejercicio de la profesión de Abogado, estando detallados los requisitos generales de acceso al mismo en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2206, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

En particular, se requerirá, para acceder a los cursos de formación y prácticas previstas en el citado Reglamento, “estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de grado o equivalente que reúna los requisitos establecidos” en el artículo 3 de este mismo Real Decreto, donde se indican las competencias jurídicas a acreditar y el procedimiento para su verificación.

*Tras la entrada en vigor de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales (BOE de 31/10/2006), para obtener el título habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de Abogado es necesario estar en posesión de los títulos universitarios oficiales españoles de Grado en Derecho y de Máster en Abogacía y superar la prueba de aptitud oficial convocada desde el Ministerio de Justicia.
Los alumnos con titulaciones extranjeras que deseen cursar el Máster en Abogacía en la Universidad de Valladolid deberán, según esto, estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, haber obtenido el título de Grado en Derecho en cualquier universidad española por el procedimiento de convalidación de estudios regulado en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

Más información sobre el acceso a Grado para convalidación de estudios extranjeros 

 

Criterios de admisión y selección de estudiantes
La admisión, hasta completar las plazas ofertadas, se hará por expediente académico

Plan de estudios

No se podrán matricular más de 60 créditos el primer curso

DESCARGAR EL PLAN DE ESTUDIOS (pdf)

 

Distribución, estructura y organización temporal

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12 y 14 del RD 775/2011, el plan de estudios comprenderá 60 créditos ETCS, a los que hay que añadir 30 créditos ETCS de prácticas externas tuteladas

  1. Los 60 créditos ETCS, contendrán, de acuerdo con lo previsto en el art. 12.1 del RD 775/2011, “toda la formación necesaria para adquirir las competencias profesionales indicadas en este reglamento” para el desempeño de la abogacía. En concreto, se distribuirán del modo siguiente: En primer lugar, 54 créditos ETCS obligatorios:
    • Marco estatutario de la profesión de abogado y técnicas forenses: 12 créditos
    • Práctica profesional civil: 9 créditos.
    • Práctica profesional penal: 6 créditos
    • Práctica profesional social y de Seguridad Social: 6 créditos
    • Práctica profesional administrativa, fiscal y contenciosa: 6 créditos
    • Práctica profesional mercantil y concursal: 3 créditos
    • Arbitraje y mediación: 3 créditos
    • Práctica profesional constitucional, europea e internacional: 3 créditos.
    • Derecho patrimonial y contratación: 3 créditos
    • Contabilidad y mercado: 3 créditos
  2. Se cursarán, además, 30 créditos ETCS de prácticas externas tuteladas, a los que se refiere el art. 14 del RD 775/2011 y que aparecen contempladas asimismo en el Convenio suscrito entre la Universidad y el Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid.
  3. Se asignan, finalmente, 6 créditos ETCS al trabajo de fin de máster.

Asignaturas

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Nota informativa

Esta información es proporcionada por el POD de la Universidad de Valladolid automáticamente.

Horarios


Nota informativa

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Tutorías

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Nota informativa

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Fechas de examen

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Nota informativa

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Informes de Evaluación y Calidad

Contacto e Información

Campus

Campus de Valladolid

Rama

Ciencias sociales y jurídicas

Tipo de enseñanza

Presencial

Tipo de máster

indefinido

Idiomas de impartición

Español

Duración

3 cuatrimestres

Número de créditos

90

Plazas

50

Centro responsable

FACULTAD DE DERECHO

Centros

FACULTAD DE DERECHO

Contacto

Coordinadora: María José Moral Moro: master.abogacia@uva.es

Contacto administrativo

Servicio de Posgrado y Títulos. Sección de Posgrado - Casa del Estudiante C/ Real de Burgos s/n - 47011 Valladolid - Tfnos: 00 34 983 184342–4795-6488 y 423279 -e-mail: posgradoficial@uva.es