11 de junio de 2013
Presentación
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El Consejo Social es el órgano colegiado de participación de los diferentes sectores sociales en el gobierno y la administración de la Universidad. La Universidad de Valladolid está representada en el Consejo Social a través del Consejo de Gobierno. Esta representación está necesariamente integrada por el Rector, el Secretario General, y el Gerente, con la condición de miembros natos, así como de un Profesor, un Estudiante y un representante del Personal de Administración y Servicios elegidos por el Consejo de Gobierno de la Universidad de entre sus miembros como Vocales de este órgano.

El cese como miembro del Consejo de Gobierno supone la pérdida de la condición de miembro del Consejo Social.

Todos los miembros desempeñan su cargo por un periodo de cuatro años, que puede ser renovado una sola vez por igual espacio de tiempo.

 
Competencias

Entre las funciones del Consejo Social destacan:

1. Competencias de carácter económico :
·a) Supervisar las actividades de carácter económico de la Universidad y el rendimiento de los servicios universitarios.
·b) Promover la colaboración de la Sociedad en la financiación de la Universidad.
·c) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la programación plurianual de la Universidad.
·d) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, el presupuesto anual de la Universidad y sus modificaciones.
·e) Aprobar las cuentas anuales de la Universidad con carácter previo al trámite de rendición de cuentas y las de las entidades dependientes de la misma.
·f) Aprobar la liquidación del presupuesto de la Universidad.
·g) Supervisar el desarrollo y ejecución del presupuesto de la Universidad, así como el control de las inversiones, gastos e ingresos de aquélla, mediante las correspondientes técnicas de autoditoría.
·h) Proponer a la Consejería competente la autorización de cualquier operación de endeudamiento de la Universidad.
·i) Aprobar los precios de enseñanzas propias, cursos de especialización y los referentes a las demás actividades autorizadas a la Universidad.
·j) Informar los convenios de carácter económico que suscriba la Universidad.

2. Competencias en materia de personal :
·a) Acordar con el Rector la designación del Gerente de la Universidad.
·b) Adoptar los acuerdos precisos en orden a la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de la Universidad y sus modificaciones.
·c) Acordar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la asignación singular e individual de complementos retributivos adicionales ligados a méritos docentes, investigadores y de gestión al personal docente e investigador contratado y al profesorado funcionario, previa valoración de los méritos por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León.

3. Competencias de gestión universitaria :
·a) Proponer la creación, modificación y supresión de centros universitarios.
·b) Proponer la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
·c) Proponer la creación y supresión de Institutos Universitarios de Investigación.
·d) Proponer la adscripción o desascripción como Institutos Universitarios de Investigación de instituciones o centros de investigación de carácter público o privado.
·e) Proponer la adscripción a la Universidad de centros docentes de titularidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional mediante la aprobación del correspondiente convenio.
·f) Proponer la creación y supresión de centros dependientes de la Universidad en el extranjero.
·g) Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la planificación estratégica de la Universidad.

4. Otras competencias :
·a) Supervisar que la política de becas, ayudas, exenciones y créditos al estudio y a la investigación que otorgue la Universidad con cargo a sus presupuestos ordinarios se desarrolle con arreglo a los principios de publicidad, mérito y capacidad.
·b) Promover las relaciones de la Universidad y su entorno cultural, profesional, económico y social al servicio de la calidad de la actividad universitaria.
·c) Promover líneas de colaboración con las Administraciones públicas y las empresas y entidades privadas.
·d) Aprobar, previo informe del Consejo de Gobierno, los conciertos o convenios entre la Universidad y las Instituciones Sanitarias u otras instituciones o entidades públicas y privadas para el desarrollo de la docencia y la investigación.
·e) Fomentar el establecimiento de relaciones entre la Universidad y otras entidades públicas o privadas, empresas, fundaciones o personas a fin de mantener los vínculos y potenciar el mecenazgo en favor de la institución acádémica.
·f) Aprobar las normas que regulen el progreso y la permanencia en la Universidad de los estudiantes, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.
·g) Aprobar la creación por parte de la Universidad, por sí o en colaboración con otras entidades públicas o privada, de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas de acuerdo con la legislación general aplicable.
·h) Aprobar los actos de disposición de los bienes inmuebles y de los muebles de extraordinario valor, en los términos previstos en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación aplicable a dichos actos.
·i) Elaborar su Reglamento de organización y funcionamiento y proponer a la Junta de Castilla y León, su aprobación.

 

 

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