La Junta Consultiva, de acuerdo con la LOU, es el órgano ordinario de asesoramiento del Rector y del Consejo de Gobierno en materia académica, y está facultada para formular propuestas a los mismos.
El artículo 82 de los Estatutos señala que son miembros de la Junta Consultiva, el Rector que la preside, el Secretario General y veinte miembros nombrados por el Consejo de Gobierno entre profesores e investigadores con, al menos, dos tramos de méritos docentes e investigadores acreditados, pertenecientes por partes iguales a cada una de las siguientes agrupaciones de Departamentos:
·1. Ciencias Biomédicas y de la Salud.
·2. Ciencias Sociales y Jurídicas.
·3. Matemáticas, Física y Química.
·4. Humanidades y Ciencias de la Educación.
·5. Arquitectura, Ingeniería y Tecnología.