12 de junio de 2013
Prueba de acceso a enseñanzas universitarias oficiales de Grado para estudiantes que se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente
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Calendario y horario

Convocatoria de Junio 2013: días 11, 12 y 13

Convocatoria de Septiembre 2013: días 11, 12 y 13

 
Contenido y Estructura de la Prueba

La prueba de acceso tiene por finalidad valorar, con carácter objetivo, la madurez académica del estudiante, así como los conocimientos y capacidades adquiridos en el Bachillerato y su capacidad para seguir con éxito las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

La valoración a la que se refiere el apartado anterior se expresará con una calificación numérica, que permita la ordenación de las solicitudes de admisión para la adjudicación de las plazas ofertadas en los centros universitarios públicos.

Participación en la prueba

Podrán presentarse a la prueba de acceso a la universidad, quienes estén en posesión del título de Bachiller o título equivalente a estos efectos.

Los estudiantes procedentes del Bachillerato formalizarán su inscripción en los institutos de enseñanza secundaria o centros privados donde hayan finalizado tales enseñanzas, en los plazos generales que determine la Comisión organizadora de las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias reguladas en la correspondiente normativa.

Las universidades facilitarán modelos de solicitudes y formularios para que los interesados puedan efectuar su inscripción e ingresar las tasas previstas.

La prueba de acceso deberá efectuarse en la universidad pública a la que esté adscrito, el centro de educación secundaria en el que hubieran obtenido el título de Bachiller. En el supuesto de realizar la citada prueba en más de una universidad en el mismo curso académico, quedarán anuladas todas ellas.

Estudiantes que presentan algún tipo de discapacidad

Las comisiones organizadoras, de acuerdo con la regulación específica de la prueba de acceso que establezcan las Administraciones educativas en cada comunidad autónoma, determinarán las medidas oportunas que garanticen que los estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad puedan realizar, tanto la fase general como la específica en las debidas condiciones de igualdad.

Estas medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de modelos especiales de examen y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas que precisen para la realización de la prueba.

En todo caso, la determinación de dichas medias se hará basándose en las adaptaciones curriculares cursadas en bachillerato, las cuales estarán debidamente informadas por los correspondientes servicios de orientación.

ESTRUCTURA DE LA PRUEBA

Las administraciones educativas y las universidades públicas organizarán la prueba de acceso a la universidad y garantizarán la adecuación de la misma al currículo de bachillerato así como la coordinación entre la universidad y los centros que imparten bachillerato para su organización y realización.

La prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado se estructura en dos fases denominadas respectivamente fase general y fase específica.

La fase general de la prueba tiene por objeto valorar la madurez y destrezas básicas que debe alcanzar el estudiante al finalizar el bachillerato para seguir las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, especialmente en lo que se refiere a la comprensión de mensajes, el uso del lenguaje para analizar, relacionar, sintetizar y expresar ideas, la comprensión básica de una lengua extranjera y los conocimientos o técnicas fundamentales de una materia de modalidad.

La fase específica de la prueba, de carácter voluntario, tiene por objeto la evaluación de los conocimientos y la capacidad de razonamiento en unos ámbitos disciplinares concretos relacionados con los estudios que se pretenden cursar y permite mejorar la calificación obtenida en la fase general.

Descripción de la fase general

La fase general constará de los ejercicios siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en el comentario, por escrito, de un texto no especializado y de carácter informativo o divulgativo, relacionado con las capacidades y contenidos de la materia de Lengua castellana y literatura. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

Segundo ejercicio: Versará sobre las capacidades y contenidos de una de la s siguientes materias comunes de 2ºde bachillerato: Historia de la filosofía e Historia de España. Consistirá en la respuesta por escrito de una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados y cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una. El estudiante indicará en la solicitud de inscripción en la prueba de acceso, la materia común de la que se examinará.

Tercer ejercicio: Será de lengua extranjera y tendrá como objetivo valorar la compresión escrita. El estudiante indicará en la solicitud de inscripción en la prueba de acceso, la lengua extranjera de la que se examinará, pudiendo elegir entre alemán, francés, ingles, italiano y portugués. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

Cuarto ejercicio: Versará sobre los contenidos de una materia de modalidad de segundo de bachillerato. Consistirá en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados y cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

El estudiante indicará en la solicitud de inscripción en la prueba de acceso, la materia de modalidad de la que se examinará.

Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración máxima de hora y media. Deberá establecerse un intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente.

Descripción de la fase especifica:

Cada estudiante se podrá examinar de un máximo de cuatro materias que elegirá entre las materias de modalidad de segundo de bachillerato. Dichas materias deberán ser distintas a la materia elegida para realizar el cuarto ejercicio de la fase general, siempre que el estudiante se examine de la fase general y de la fase específica en la misma convocatoria.

Los ejercicios de cada una de las materias elegidas por el estudiante consistirán en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados y cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados. Cada ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudian te deberá elegir una.

La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media. Deberá establecerse un intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente.

El estudiante indicará en la solicitud de inscripción en la prueba de acceso, las materias de las que se examinará
 

 
Calificación y Nota de admisión

Calificación de la Fase General

Cada uno de los ejercicios de la fase general se calificará de 0 a 10 puntos con dos cifras decimales.

La calificación de la fase general, será la media aritmética de las calificaciones de todos los ejercicios expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos, redondeada a la milésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.

Superación de la prueba de acceso a la universidad: Se considerará que un estudiante ha superado la prueba de acceso, cuando haya obtenido una nota igual o mayor a 5 puntos como resultado de la media ponderada del 60 por ciento de la nota media de bachillerato y el 40 por ciento de la calificación de la fase general, siempre que haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación de la fase general.

La nota media del bachillerato se expresará con dos decimales, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.

Calificación de la Fase Específica

Cada una de las materias de las que se examine el estudiante en esta fase se calificará de 0 a 10 puntos con dos cifras decimales. Se considerará superada la materia cuando se obtenga una calificación igual o superior a 5 puntos.

NOTA DE ADMISIÓN A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO

Para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las que se produzca un procedimiento de concurrencia competitiva, es decir, en el que el número de solicitudes sea superior al de plazas ofertadas, las universidades públicas utilizarán para la adjudicación de las plazas la nota de admisión que corresponda, que se calculará con la siguiente fórmula y se expresará con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.

Nota de admisión = 0,6*NMB + 0,4*CFG + a*M1 + b*M2

NMB = Nota media del Bachillerato
CFG = Calificación de la fase general
M1, M2 = Las calificaciones de un máximo de dos materias superadas de la fase específica que proporcionen mejor nota de admisión.
a, b = parámetros de ponderación de las materias de la fase específica.

La nota de admisión incorporará las calificaciones de las materias de la fase específica en el caso de que dichas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido.

El parámetro de ponderación (a ó b) de las materias de la fase específica será igual a 0,1. Las Universidades podrán elevar dicho parámetro hasta 0,2 en aquellas materias que consideren más idóneas para, seguir con éxito dichas enseñanzas universitarias oficiales de Grado. Las Universidades deberán hacer públicos los valores de dichos parámetros para las materias seleccionadas al inicio del curso correspondiente a la prueba.

La nota de admisión de los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad según normativas anteriores a la establecida en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre (B.O.E. de 24 de noviembre), será la calificación definitiva de la prueba de acceso que obtuvieran en su momento. No obstante podrán presentarse a la fase específica. En este caso la nota de admisión se obtendrá de la siguiente fórmula:

Nota de admisión = CDA + a*M1 + b*M2


CDA = Calificación definitiva de la prueba de acceso anterior a la establecida en el Real Decreto 1892/2008 de 14 de noviembre.
M1, M2 = Las calificaciones de un máximo de dos materias superadas de la fase específica que proporcionen mejor nota de admisión.
a, b = parámetros de ponderación de las materias de la fase específica.

 
Convocatorias

Anualmente se celebrarán, dos convocatorias de la prueba de acceso a la Universidad.

Los estudiantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la calificación de la fase general o de la cualquiera de las materias de la fase específica. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior.

En las sucesivas convocatorias de la prueba de acceso se realizará en la universidad pública a la que esté adscrito el centro de educación secundaria en el que hubieran superado el segundo curso de bachillerato o en la universidad a la que esté adscrito el instituto de educación secundaria mas próximo a su lugar de residencia.

La superación de la fase general tendrá validez indefinida.

La calificación de las materias de la fase específica tendrá validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas.

Los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad según normativas anteriores a la establecida en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre (B.O.E. de 24 de noviembre), podrán optar por realizar la nueva prueba de acceso para mejorar nota en cualquiera de sus fases: fase general, fase específica o ambas fases.

 
Revisión de calificaciones

Cada estudiante podrá, sobre la calificación otorgada tras la primera corrección, presentar ante la presidencia del tribunal la solicitud de una segunda corrección de los ejercicios en los que considere incorrecta la aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección y calificación o la solicitud de reclamación ante la comisión organizadora en cuyo caso quedará excluida la posibilidad de solicitar la segunda correción.

El Plazo de presentación de estas solicitudes será de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de calificaciones.

- Los ejercicios sobre los que se haya presentado solicitud de reclamación serán revisados con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección, así como la comprobación de que no existen errores materiales en el proceso del cálculo de la calificación final.

- Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de segunda correción serán corregidos por un profesor especialista distinto al que realizó la primera correción.

La calificación será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las dos correcciones.

En el supuesto de que existiera una diferencia de dos o más puntos entre las dos calificaciones, un tribunal distinto efectuará de oficio, una tercera corrección.

La calificación final será la media aritmética de las tres calificaciones.

Este procedimiento deberá efectuarse en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de finalización del plazo de segunda corrección.

Sobre la calificación otorgada tras el proceso de doble corrección, se podrá presentar reclamación ante la comisión organizadora, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha en que se haga pública la calificación sobre la que se vaya a formular la reclamación.

El estudiante tendrá derecho a ver el examen corregido una vez finalizado en su totalidad el proceso de corrección y reclamación, en el plazo de diez días.

La comisión organizadora adoptará las resoluciones que establezcan formalmente las calificaciones definitivas de los ejercicios cuya corrección hubiera sido recurrida, y las notificará a los reclamentes.

Las resoluciones respectivas pondrán fin, en cada caso, a la vía administrativa.

 
Adscripción de las materias de modalidad de bachillerato con examen en Castilla y León a las ramas de conocimiento de las titulaciones universitarias
 
Para consultar los parámetros de ponderación, ramas de conocimiento y grados de las Universidades de Castilla y León
 
Traslado de expediente a otras universidades

Deberán solicitarlo aquellos alumnos que hayan superado la Prueba de Acceso a Estudios Universitarios en el Distrito Universitario de la Universidad de Valladolid y vayan a iniciar estudios en otra Universidad.

 

 

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