Podrán concurrir a dicha prueba de acceso las personas mayores de 45 años de edad que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías ni puedan acreditar experiencia laboral o profesional, que cumplan o hayan cumplido 45 años antes del día 1 de octubre del año natural en que se celebre la prueba de acceso a enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Del 8 al 26 de abril de 2013
El RD 1892/2008, de 14 de noviembre y la Orden EDU/2017/2009, de 15 de octubre, que regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas oficiales de grado, establecen entre otros procedimientos que en la prueba de acceso para mayores de 45 años de edad los candidatos deberán realizar una entrevista personal. Del resultado de la misma deberá elevarse una resolución de apto como condición necesaria para la posterior resolución favorable de admisión del interesado.
La entrevista tendrá como objetivo la comprobación de las capacidades del candidato, que permitan un adecuado seguimiento de las actividades lectivas y será realizada por profesorado universitario especialista miembro del tribunal calificador designado por el Rector de la Universidad.
La entrevista personal tendrá lugar una vez superados los ejercicios escritos y será de carácter semiestructurado, en la cual se planteará al candidato una serie de preguntas concretas a las cuales se puede responder brevemente.
La duración aproximada está prevista en 15 ó 20 minutos por persona y los responsables de realizar la entrevista emitirán la resolución que proceda de "apto" o "no apto" y un informe donde se motive la misma.