De acuerdo con el Convenio Específico de Colaboración entre la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Valladolid de 8 de mayo de 2007, se podrán convalidar algunos estudios universitarios a los alumnos que hayan cursado algunos estudios de Formación Profesional de Grado Superior.
Las solicitudes de convalidación presentadas en los Centros integrados de la Universidad, serán resueltas por la Comisión de Docencia de los mismos y comunicada la resolución adoptada a los interesados por el Decano/Director del Centro correspondiente
Las resoluciones adoptadas por cada Centro podrán ser recurridas ante el Rector de la Universidad, previa presentación por parte de los alumnos del recurso correspondiente en el respectivo Centro, el cual, debidamente informado, será remitido al Servicio de Alumnos de la Universidad
El Rectorado podrá recabar, en determinados casos, el apoyo de la Comisión Rectoral de Convalidaciones, creada para tal fin como "....estructura de apoyo al Rectorado en la resolución de recursos y reclamaciones que se interpongan por los interesados en los procedimientos de convalidación de estudios de primer y segundo ciclo,...".
El estudiante que haya iniciado, o terminado estudios en un Centro Universitario de este Distrito y desee continuar o iniciar otra especialidad en distinto Centro de esta Universidad con la misma denominación y con el mismo Plan de Estudios, deberá solicitar adaptación de las asignaturas cursadas.
Los alumnos que obtengan convalidación de asignaturas o créditos por estudios realizados de Formación Profesional, abonarán a la Universidad los precios establecidos por la Comunidad de Castilla y León para el curso correspondiente.
· Ley Organica de Universidades (art. 36)
· Estatuto de la Universidad de Valladolid.
· Acuerdo de 25 de octubre de 2004 del Consejo de Coordinación Universitaria, por el que se establecen los criterios generales a que habrán de ajustarse los Univerdsidades en materia de convalidación y adaptación de estudios cursados en centros académicos españoles o extranjeros.
· R.D. 1044/2003 de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las Universidades del Suplemento Europe al Título. (Disposición adicional única).
· Resolución de 14 de marzo de 2000 del Rectorado de la Universidad de Valladolid por la que se ordena la publicación del acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Universidad aprobando el estabecimiento de un régimen de desconcentración administrativa, para la resolución de losprocedimientos de convalidaciones de estudios de primer y segundo ciclo.
· Resolución Rectoral de 18 de junio de 1997 por la que se crea la Comisión Rectoral de Convalidaciones.