12 de junio de 2013
Extinción de Planes de Estudios
  • Normal 
  • Grande 
  • Muy grande 
  • Imprimir (Se abrirá en una ventana nueva) 
 

 

La extinción de Planes de Estudios se realizará de la forma determinada en la legislación vigente: párrafo 3º; del artículo 11 del R.D. 1497/1987 de 27 de noviembre, por el que se establecen las Directrices Generales Comunes de los Planes de Estudios:

 

"Art. 11.3. Los planes de estudio conducentes a títulos oficiales, modificados total o parcialmente, se extiguirán temporalmente curso por curso. Una vez extinguido cada curso, se efectuarán cuatro convocatorias de examen en los dos cursos académicos siguientes. Agotadas por los alumnos estas convocatorias sin que hubieran superado las pruebas, quienes deseen continuar los estudios deberán seguirlos por los nuevos planes mediante la adaptación o, en su caso, convalidación que la correspondiente Universidad determine.


En todo caso, los alumnos que vinieran cursando el plan de estudios antiguo, podrán optar por completar su currículum directamente a través del nuevo plan resultante, a cuyo fin el nuevo plan que aprueben las Universidades deberán incluir las necesarias previsiones sobre los mecanismos de convalidación y/o adaptación al mismo por parte de estos alumnos".
 

 

En todos los nuevos planes de estudio homologados figuran, si es el caso, tablas de adaptaciones entre asignaturas del plan antiguo con el de nueva implantación, para aplicar a los expedientes de los estudiantes que opten por continuar los estudiospor el nuevo plan. La correspondiente información se te facilitará en el Centro.

La adaptación de estudios de un plan antiguo a uno nuevo se realizará para las mismas enseñanzas.

Los estudiantes de los planes a extinguir tienen garantizada plaza en la nueva enseñanza, siempre que tengan aprobada alguna asignatura en el plan a extinguir.

La decisión de adaptarse a un nuevo plan o continuar con el antiguo, si es el caso, deberán tomarla los estudiantes en el período ordinario de matrícula, es decir, antes del comienzo del correspondiente curso académico.

Como norma general, no se aceptarán traslados de expediente académico a planes de estudio en período de extinción. Los traslados se aceptarán para el nuevo plan.

 

Adaptación al plan nuevo:

 

Los estudiantes que deseen adaptarse al plan nuevo, además de las normas generales anteriores, deberán tener en cuenta las siguientes:

 

· Las adaptaciones se realizarán sobre asignaturas, grupos de asignaturas o ciclos que el estudiante tenga aprobados en el plan antiguo.

· En el caso de no poder adaptarse asignaturas concretas, éstas se podrán reconocer como créditos de libre elección a juicio de la Comisión respectiva.

· En todas las asignaturas superadas del plan antiguo que puedan adaptarse a otras asignaturas del nuevo plan de estudios, se respetarán las calificaciones obtenidas en el primero.

· A los estudiantes que se adapten al nuevo plan de estudios no se les computarán las convocatorias agotadas en las asignaturas pendientes de superar del anterior plan.

· La adaptación de asignaturas no tiene coste económico, excepto si la legislación por la que se fijan los precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos así lo señala.

 

Continuación en el plan en extinción:

 

Los estudiantes que cumpliendo todos los requisitos señalados en las normas generales opten por continuar con el plan a extinguir, tendrán en cuenta:

 

· Que, de acuerdo con la legislación vigente, los planes de estudio se extinguirán temporalmente curso por curso. Una vez extinguido cada curso, se efectuarán cuatro convocatorias de examen en los dos curso académicos siguientes. No obstante, en casos justificados, la Universidad previo informe no vinculante de la Subcomisión de Alumnado, Centros y Normativa General del Consejo de Universidades y sin perjuicio de los criterios de permanencia de los estudiantes en la Universidad, señalados en el correpondiente Consejo Social, podrá autorizar, con carácter extraordinario, que el número de las citadas convocatorias de examen sea de seis en lugar de cuatro, a realizar en los tres cursos académicos siguientes. Agotadas por los estudiantes estas convocatorias sin que hubieran superado las pruebas, quienes deseen continuar los estudios deberán seguirlos por los nuevos planes mediante la adaptación o, en su caso, convalidación que la Universidad de Valladolid determine.

 
Preguntas frecuentes sobre las asignaturas sin docencia:
 
 

 

Destacados

  • Programa Athenea
  • Tienda online UVa
  • Consejo Social
  • Parque Científico