11 de junio de 2013
Tramitación de Tesis Doctorales
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¿Quiénes la pueden presentar?

La tesis doctoral podrá ser presentada para su defensa por:

a) Alumnos de programas de doctorado regulados por el R.D. 185/1985, de 23 de enero, que tengan concedida la suficiencia investigadora e inscrito y aprobado el proyecto de tesis doctoral.

b) Alumnos de programas de doctorado regulados por el R.D. 778/1998, de 30 de abril, que hayan obtenido el Diploma de Estudios Avanzados y tengan abonada la tutela académica del curso en el que depositen la tesis.

c) Alumnos de programas de doctorado regulados por el R.D. 56/2005, de 21 de enero y por el R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, que tengan abonada la tutela académica del curso en el que depositen la tesis.

Estos disponen hasta el 11 de febrero de 2016 para la defensa de su tesis doctoral. Si en dicha fecha no se ha defendido la tesis, el doctorando causará baja definitiva en el programa (Disposición transitoria primera de la Normativa para la presentación y defensa de la tesis doctoral en la UVa de 29 de noviembre de 2012)

d) Alumnos matriculados en programas de doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero. 

 
1. Depósito de la tesis
 

Terminada la elaboración de la tesis doctoral, el doctorando entregará en la Sección de Tercer Ciclo (Casa del Estudiante) junto con la solicitud de depósito, la siguiente documentación:

a) Dos ejemplares de la tesis, uno en formato papel encuadernado y otro en formato electrónico (CD) con un solo archivo en formato pdf. En caso de presentarse en una lengua distinta de la española, ambos ejemplares deberán acompañarse de un resumen en castellano que contenga los objetivos, la metodología y los principales resultados del trabajo.

b) El documento de actividades del doctorando. Este documento será sustituido por un certificado de actividades realizadas en el Programa de Doctorado cursado en el caso de regulaciones anteriores al RD 99/2011 (Disposición transitoria primera de la Normativa para la presentación y defensa de la tesis doctoral en la UVa de 29 de noviembre de 2012).

c) Autorización de la Comisión Académica responsable del programa de doctorado. En el caso de estudios regulados por los RD 185/1985 y 778/1998, esta autorización será del Consejo de Departamento correspondiente.

 

d) - Escrito razonado en el que figure expresamente la autorización del director o directores de la tesis con su consentimiento expreso para la presentación de la tesis.

 

e) Dos informes sobre la relevancia de la tesis y procedencia de su presentación emitidos por especialistas doctores con experiencia investigadora acreditada. Dichos especialistas serán designados por la Comisión Académica del programa (Consejo de Departamento en caso de estudios regulados por los RD 185/1985 y 778/1998), oídos el director o directores, y deberán pertenecer a instituciones de educación superior o de investigación externas a la UVa y a las colaboradoras en la Escuela o programa. Estos informes vendrán acompañados del inpreso 4T1 o 4T2, según el caso, donde se acredita la experiencia investigadora.

En el caso de tesis con mención de "Doctor internacional" las instituciones no podrán ser españolas.

 

f) Propuesta de la Comisión Académica del programa (Consejo de Departamento en caso de estudios regulados por los RD 185/1985 y 778/1998),  oídos el director o directores, de ocho doctores que puedan formar parte del tribunal que evalúe la tesis, cinco titulares y tres suplentes, indicando a quienes se propone como presidente y secretario. Todos deberán contar con experiencia investigadora acreditada.

Deberán pertenecer a instituciones de educación superior o de investigación y no podrán incluirse más de dos miembros pertenecientes a la misma Universidad o a sus instituciones colaboradoras. En el caso de tesis con mención de "Doctor internacional" al menos un titular y su suplente deben pertenecer a alguna institución no española y ninguno de ellos podrá ser el responsable de la estancia del doctorando fuera de España.

En ningún caso podrán figurar entre los doctores propuestos ni el tutor, ni el director o directores de la tesis.

g) Acreditación por parte de la Comisión Académica del programa de doctorado (Consejo de Departamento en caso de estudios regulados por los RD 185/1985 y 778/1998) de la experiencia investigadora de cada uno de los doctores propuestos, con la justificación expresa de poseer al menos un período de actividad investigadora reconocido de acuerdo con las previsiones del RD 1086/1989, de 28 de agosto (Impreso 4T1).

Aquellos especialistas no susceptibles de evaluación por tramos docentes deberán acreditar al menos cinco publicaciones en revistas indexadas (Impreso 4T2).
 


 

 

A partir de este momento el doctorando grabará los datos de su tesis en la base de datos TESEO para que una vez aprobada, la Universidad pueda enviar el ejemplar en formato electrónico al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (art. 14.5 del RD 99/2011)

Según el Ministerio, para que sea eficaz, el resumen que incluirá debe tener la extensión suficiente para que quede explicado el argumento de la tesis doctoral.

Esta ficha de tesis será completada, validada y publicada por la Sección de Tercer Ciclo.

 
2. Registro y publicidad

Una vez registrada la tesis, se abrirá un plazo de depósito de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su presentación para que pueda ser consultada por cualquier doctor que así lo solicite y, en su caso, dirigir por escrito a la Comisión de Doctorado las consideraciones que estime oportuno formular. Para ello se dará publicidad de la misma a los miembros de la Comisión de Doctorado y, en su caso, del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado, a decanos y directores de centro, directores de departamentos e institutos universitarios y, se anunciará en la web de la Universidad de Valladolid.

 
3. Admisión a defensa y nombramiento del tribunal

En el plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de depósito, la Comisión de Doctorado adoptará la decisión final sobre la admisión a defensa de la tesis. En el supuesto de no ser admitida, lo notificará razonadamente al doctorando y al coordinador del programa.

El tribunal estará constituido por cinco miembros titulares y tres suplentes.

El nombramiento del tribunal será comunicado por la Comisión de Doctorado a cada uno de sus miembros, al coordinador del programa, al director o directores de la tesis y al doctorando, a quien se remitirá también el talón de pago para que abone los derechos de examen de tesis.

Desde este momento el doctorando contará con un plazo de siete días hábiles, a través de la Comisión Académica del programa de doctorado o Departamento, hacer llegar a los miembros del tribunal un ejemplar de la tesis, acompañado de copia de los informes disponibles sobre ésta y el documento de actividades del doctorando / certificado de actividades realizadas en el programa de doctorado cursado.

 
4. Defensa de la Tesis Doctoral

El acto de defensa de la tesis será convocado por el Presidente del tribunal con una antelación mínima de diez días hábiles y comunicado por el Secretario a la Comisión de Doctorado para que la haga pública al menos tres días hábiles antes del acto de defensa. Dicho acto tendrá lugar en  sesión pública durante el periodo lectivo y en el plazo de cuatro meses desde el nombramiento del tribunal.

Una vez recibido el anuncio con la fecha de la defensa de la tesis, se le enviará al Secretario la siguiente documentación:

- Impresos para el cobro de dietas
- Acta de defensa de tesis
- Impreso de valoración de la tesis para los miembros del tribunal (Impreso 9T).

 

Finalizado dicho acto, cada miembro del tribunal formulará por escrito una valoración sobre la tesis, que el Secretario enviará a la Sección de Tercer Ciclo junto con el Acta de defensa de tesis.

El tribunal emitirá la calificación global de no apto, apto o apto "cum laude" si se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad (art. 14.7 del RD 99/2011, de 28 de enero). El tribunal también tendrá en cuenta al evaluar la tesis el documento de actividades del doctorando / certificado de actividades realizadas en el programa de doctorado cursado.
 

 

Una vez aprobada la tesis doctoral, la Universidad se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en el repositorio institucional (Art. 14.5 del RD 99/2011, de 28 de enero). Por tanto, es obligatorio incluir la tesis doctoral en el repositorio Documental de la Universidad de Valladolid antes de solicitar el título de Doctor.

 
5. Solicitud del Título de Doctor

Requisitos para la solicitar el título de Doctor:

- Tener aprobada la tesis doctoral
- Tener completado el registro de TESEO (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)
- Tener firmado el acuerdo de edición electrónica de tesis doctorales y enviada la solicitud para la inclusión de la tesis en el repositorio Documental de la Universidad de Valladolid.

Deberá presentar en la Sección de Tercer Ciclo:

- Impreso de solicitud de Título de Doctor, cumplimentado y firmado.
- Justificante de pago de los derechos de Título.
- Fotocopia compulsada del Título con el que accedió a los estudios de Doctorado.
- Fotocopia del DNI.
 

 

 

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