Prevenir es actuar antes de que el accidente ocurra, es decir, poner los medios cuando todavía no se ha producido el accidente.
La prevención de riesgos laborales en el sector educativo redunda en calidad de la educación.
Los empleados tenemos también obligación de velar por nuestra propia seguridad y salud y por la de otras personas (Art. 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales). Obligaciones que igualmente tenemos como miembros de la Comunidad Universitaria (puntos 24 y 25 del documento de Organización de la Prevención de la Universidad).
Clasificación genérica de los puestos en función de sus riesgos:
·Docentes (PDI),
·P.A.S. (en función de esta se describen los riesgos y medidas preventivas).
Además pueden existir riesgos vinculados al lugar de trabajo, los informes emitidos al respecto se pueden encontrar: