12 de junio de 2013
Normativa interna de procedimiento
  • Normal 
  • Grande 
  • Muy grande 
  • Imprimir (Se abrirá en una ventana nueva) 
 

 

Obras


· Se seguirá el "Procedimiento de solicitud de obras" aprobado por la Comisión de Infraestructuras de la Universidad de Valladolid de 2 de octubre de 2007.
· Cualquier acción, salvo las obras que se acometan con carácter de urgencia, deberá ser autorizada previamente por la Comisión de Infraestructuras de la Universidad.
· Las obras con carácter de urgencia serán autorizadas directamente por el Vicerrector y posteriormente habrá de ser informada la Comisión de Infraestructuras.
· Cuando las obras sean de cuantía igual o inferior a 3.000 euros y no presenten problemas de consideración se autorizarán por el Vicerrector de Infraestructuras.

· Cuando la obra es de cuantía inferior a 50.000 euros, se define como "contrato menor" y su tramitación exige:
a) elaboración de un presupuesto (la documentación suficiente para definir, valorar y ejecutar las obras que comprende)
b) existencia de proyecto cuando normas específicas así lo requieran
c) informe de supervisión a que se refiere el art. 125 del TRLCSP cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o entanqueidad de la obra
d) Aprobación del gasto por el órgano de contratación
e) Incorporación al mismo de la factura correspondiente

· Se tratará de un "procedimiento negociado sin publicidad" cuando el valor estimado del contrato sea inferior a 200.000 euros, IVA excluido, y su tramitación exige:
1) Remisión de la propuesta de gasto al Servicio de Gestión Económica, que deberá ir acompañada de la siguiente documentación: proyecto, informe de supervisión a que se refiere el art. 125 del TRLCSP cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o entanqueidad de la obra, aprobación del proyecto y replanteo del mismo.
2) Una vez aprobado el expediente por el órgano de contratación, el Servicio de Gestión Económica comunicará al proponente que puede realizar la propuesta de adjudicación.
3) La adjudicación provisional, que se acordará por resolución del órgano de contratación, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante de la UVa (www.uva.es)

· Cuando se trate de un gasto inferior a 5.000.000 euros, IVA excluido, del TRLCSP exige su tramitación a través de un "procedimiento abierto o restringido" y para ello se requiere:
1) Remisión de la propuesta de gasto al Servicio de Gestión Económica, que deberá ir acompañada de la siguiente documentación: proyecto, informe de supervisión a que se refiere el art. 125 del TRLCSP cuando el gasto exceda de 350.000 euros, IVA excluido, o el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o entanqueidad de la obra, aprobación del proyecto y replanteo del mismo.
2) El gasto deberá ser aprobado por el órgano de contratación
3) A través del Servicio de Gestión Económica se realizarán las actuaciones necesarias para seleccionar al contratista de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley y se dará a conocer el anuncio de licitación en el BOCyL y en el perfil de contratante de la UVa (www.uva.es)

· Serán contratos "sujetos a regulación armonizada" aquellos cuyo valor estimado, IVA excluido, sea igual o superior a 5.000.000 euros y se tramitarán por "procedimiento abierto o restringido" con la salvedad de que el anuncio de licitación se dará a conocer en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el BOE
 

 
Especiales


La propuesta de contrato administrativo especial para contratar los servicios de reprografía, cafetería y otros de los Centros y Facultades se formulará por el Director o Decano de cada centro y deberá proporcionar la siguiente información:
1) Objeto del contrato
2) Justificación de su necesidad
3) Canon mínimo que se exigirá
4) Criterios técnicos y económicos para seleccionar al contratista -directamente vinculados al objeto del contrato- y valor que se atribuirá a cada uno
5) Plazo y periodo de ejecución del servicio que se propone
 

 
Suministros y Servicios


· Se consideran "contratos menores" los de importe inferior a 18.000 euros y para su tramitación se requiere:
1) Aprobación del gasto por el órgano de contratación
2) Incorporación de factura, que hará de documento contractual, que será conformada por el órgano competente
3) Hoja de inventario cuando la adquisición se impute al Capítulo VI de Inversión del Presupuesto de la UVa, con independencia del valor unitario del bien

· Se tratará de un "procedimiento negociado sin publicidad" cuando el valor estimado del contrato sea inferior a 60.000 euros, IVA excluido, y su tramitación exige:
1) Remisión de la propuesta de gasto al Servicio de Gestión Económica, que deberá ir acompañada de la documentación que se indica en la misma.
2) Una vez aprobado el expediente por el órgano de contratación, el Servicio de Gestión Económica comunicará al proponente que puede realizar la propuesta de adjudicación.
3) La adjudicación provisional, que se acordará por resolución del órgano de contratación, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante de la UVa (www.uva.es)

· Cuando se trate de un gasto inferior a 200.000 euros, IVA excluido, el TRLCSP exige su tramitación a través de un "procedimiento abierto o restringido" y para ello se requiere:
1) Remisión de la propuesta de gasto al Servicio de Gestión Económica, que deberá ir acompañada de la documentación que se indica en la misma
2) El gasto deberá ser aprobado por el órgano de contratación
3) A través del Servicio de Gestión Económica se realizarán las actuaciones necesarias para seleccionar al contratista de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley y se dará a conocer el anuncio de licitación en el BOCyL y en el perfil de contratante de la UVa (www.uva.es)

· Serán contratos "sujetos a regulación armonizada" aquellos cuyo valor estimado, IVA excluido, sea igual o superior a 200.000 euros y se tramitarán por "procedimiento abierto o restringido" con la salvedad de que el anuncio de licitación se dará a conocer en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el BOE.
 

 
Cuantías de referencia para la contratación administrativa de la Universidad de Valladolid


CONTRATOS MENORES. Se consideran contratos menores los de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos.

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. Contratos cuyo valor estimado, IVA excluido, sea inferior a 200.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 60.000 euros, cuando se trate de otros contratos.

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. Contratos cuyo valor estimado, IVA excluido, sea inferior a 1.000.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 100.000 euros, cuando se trate de otros contratos.

PROCEDIMIENTO ABIERTO / RESTRINGIDO. Contratos cuyo valor estimado, IVA excluido, sea inferior a 5.000.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 200.000 euros, cuando se trate de otros contratos.

CONTRATOS SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA. Contratos cuyo valor estimado, IVA excluido, sea igual o superior a 5.000.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 200.000 euros, cuando se trate de otros contratos.
 

 

 

Destacados

  • Programa Athenea
  • Tienda online UVa
  • Consejo Social
  • Parque Científico